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domingo, 22 de junio de 2025

MARCHAN CONTRA LAS POLITICAS DEL GOBIERNO NACIONAL

El Frente de Lucha por la Soberanía, el Trabajo Digno y los Salarios Justos, integrado por más de 70 federaciones y sindicatos del transporte, organizaciones sociales y gremios del ámbito estatal, industrial y de servicios, convocó a una conferencia en la sede de la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), en donde manifestaron los motivos para manifestar sus reclamos al Gobierno Nacional, que tendrán como epicentro el Ministerio de Desregulación del Estado con una masiva movilización el miércoles 25 de junio.

  Las organizaciones concentrarán ese día desde las 12 horas en Carlos Pellegrini y Sarmiento para dirigirse a la sede del Ministerio, ubicado en Avenida Presidente Roque Sáenz Peña 788.

La conformación del frente único y multisectorial se realizó a inicios de junio, en el marco del plan de lucha de la CATT y en repudio al plan de desregulación liderado por Federico Sturzenegger, al cual calificaron en aquel entonces como “criminal”. También se trata de una respuesta a los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) del gobierno de Javier Milei que “desregulan el sistema productivo y del transporte, fijan límites a las paritarias y recortan en áreas estratégicas como la educación, la ciencia, la salud y la infraestructura”.

Más de 70 organizaciones marcharán contra el gobierno 

Hasta el momento, adhirieron al frente y la movilización los integrantes de la CATT y la Federación Marítima, Portuaria y de la Industria Naval Argentina (FeMPINRA); la CGT Regional La Plata, Berisso, Ensenada, Magdalena y Punta Indio; la CTA Autónoma nacional, de Berisso y de Ensenada; la CTA de los Trabajadores; la CTA Buenos Aires y Capital Federal; el Partido Justicialista de Berisso (PJ Berisso); y las 62 Organizaciones Gremiales Peronistas. Por otro lado, apoyan sindicatos como la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP); la Unión Obrera Metalúrgica (UOM); la Federación Argentina de Trabajadores Cerveceros y Afines (FATCA); la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN); ATE Nación, Buenos Aires, Ensenada, Berisso y Punta Alta; la Asociación Argentina de Trabajadores de las Comunicaciones (AATRAC); el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SIPREBA); la Confederación de Educadores Argentinos (CEA); el Sindicato Único de la Publicidad (SUP); la Asociación de Supervisores de Subterráneos (ASSRA); el Sindicato de Trabajadores del Espectáculo Público (SUTEP); la Federación de Trabajadores Aceiteros y Desmotadores de Algodón (FTCIODYARA); el Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines (ALEARA); el Sindicato Municipal de Berisso; el Sindicato Argentino de Televisión, Telecomunicaciones, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (SATSAID); el Sindicato Único de los Trabajadores de la Educación (SUTEBA) de Buenos Aires y Ensenada; el Sindicato Municipales Ensenada; la Unión de Docentes de la Provincia de Buenos Aires (UDOCBA) y de Ensenada; el Frente de Gremios Estatales; y la Agrupación del Personal Superior ARS (APSA).

A su vez, también se sumaron instituciones como el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA); las Universidades de Quilmes, Avellaneda, la Patria Grande y la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires; la Federación Universitaria de La Plata. Finalmente, otras organizaciones como la Agrupación Manuel Belgrano; la Agrupación Caballito; el Movimiento Sanitario Provincial de Capital Federal (MOSAPRO); la Federación Nacional Campesina; el Encuentro Federal por la Soberanía; el Foro por la Recuperación del Paraná; Peronismo por la Soberanía; la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI); y la Corriente Clasista y Combativa (CCC).



jueves, 22 de mayo de 2025

REGLAMENTAN EL DERECHO A HUELGA

 El Gobierno dispuso por decreto la reglamentación del derecho de huelga en el transporte, la educación y la salud, lo que obligará a los sindicatos que protesten a garantizar un servicio mínimo de entre el 50% y el 75%.



El primer rechazo desde el sindicalismo fue de la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), que encabeza Juan Carlos Schmid: hará el martes próximo un plenario de secretarios generales en la sede de la CGT para evaluar el conflicto, mientras crece la idea de realizar protestas.

El titular de la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA), Juan Pablo Brey, manifestó “el repudio y el rechazo” al decreto porque “viola la autonomía sindical y el derecho de huelga protegido por la Constitución Nacional y el convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.

Por su parte, el secretario de Políticas Educativas de la CGT, Sergio Romero (UDA), sostuvo que “el Gobierno recurre a metodologías antidemocráticas y antijurídicas” con el decreto 340 y también cuestionó otro decreto, el 341, mediante el cual el Poder Ejecutivo “se excluye de la paritaria nacional docente y se reserva el derecho de vetar lo que eventualmente se acuerde” en materia salarial.

En la misma línea, el líder de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), Rodolfo Aguiar, afirmó que “la modificación por decreto del derecho de huelga es ilegal” y advirtió que “este nuevo ataque a un derecho fundamental de los trabajadores tiene la finalidad concreta de beneficiar a los patrones”.

El decreto 340, en realidad, está vinculado con el Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional y su artículo 2 declara como “servicio esencial a la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin”.

Sin embargo, en su artículo 3 modifica la Ley de Reforma Laboral N° 25.877 y allí establece que “los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”.

Een el caso de los servicios esenciales, afirma el decreto, “en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare”. Y agrega que “en el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.

 

A continuación se consideran como servicios esenciales las siguientes actividades:

a. Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos;

b. La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;

c. Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales;

d. La aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios;

e. Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior;

f. El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial; y

g. El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.

h. La producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.

 

Se consideran actividades de importancia trascendental las siguientes:

a. La producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios;

b. El transporte terrestre y subterráneo de personas y/o mercaderías a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin;

c. Los servicios de radio y televisión;

d. Las actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, actividad química y la actividad cementera;

e. La industria alimenticia en toda su cadena de valor;

f. La producción y distribución de materiales de la construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor;

g. Los servicios bancarios, financieros, servicios hoteleros y gastronómicos y el comercio electrónico; y

h. La producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.

 

lunes, 21 de abril de 2025

CONDOLENCIAS GREMIALES ANTE EL FALLECIMIENTO DEL PAPA FRANCISCO

 


 El presidente de la Nación Javier Milei, junto a numerosas personalidades de la Argentina, expresaron  sus condolencias en un comunicado en la red social X, por el fallecimiento de Jorge Bergoglio, destacando la bondad y sabiduría del Papa a pesar de sus diferencias.

   El gobierno argentino también emitió un comunicado expresando su pesar por el fallecimiento del sumo pontífice y destacando su lucha por proteger la vida desde la concepción y promover el diálogo interreligioso, e incluso su vocero, Manuel Adornis, anunció que habrá siete días de duelo Nacional.

  El Papa Francisco falleció el lunes 21 de abril de 2025, a los 88 años, según confirmó el Vaticano en un comunicado oficial. La causa de su muerte se comunicará esta tarde tras el rito de la constatación.

En tanto que las distintas organizaciones gremiales, comienzan a publicar durante este mañana en las distintas redes sociales comunicados en donde adhieren al duelo y destacan la figura del Papa Francisco en apoyo y cuidado de todos los trabajadores de la República Argentina