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jueves, 22 de mayo de 2025

REGLAMENTAN EL DERECHO A HUELGA

 El Gobierno dispuso por decreto la reglamentación del derecho de huelga en el transporte, la educación y la salud, lo que obligará a los sindicatos que protesten a garantizar un servicio mínimo de entre el 50% y el 75%.



El primer rechazo desde el sindicalismo fue de la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), que encabeza Juan Carlos Schmid: hará el martes próximo un plenario de secretarios generales en la sede de la CGT para evaluar el conflicto, mientras crece la idea de realizar protestas.

El titular de la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA), Juan Pablo Brey, manifestó “el repudio y el rechazo” al decreto porque “viola la autonomía sindical y el derecho de huelga protegido por la Constitución Nacional y el convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.

Por su parte, el secretario de Políticas Educativas de la CGT, Sergio Romero (UDA), sostuvo que “el Gobierno recurre a metodologías antidemocráticas y antijurídicas” con el decreto 340 y también cuestionó otro decreto, el 341, mediante el cual el Poder Ejecutivo “se excluye de la paritaria nacional docente y se reserva el derecho de vetar lo que eventualmente se acuerde” en materia salarial.

En la misma línea, el líder de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), Rodolfo Aguiar, afirmó que “la modificación por decreto del derecho de huelga es ilegal” y advirtió que “este nuevo ataque a un derecho fundamental de los trabajadores tiene la finalidad concreta de beneficiar a los patrones”.

El decreto 340, en realidad, está vinculado con el Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional y su artículo 2 declara como “servicio esencial a la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin”.

Sin embargo, en su artículo 3 modifica la Ley de Reforma Laboral N° 25.877 y allí establece que “los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”.

Een el caso de los servicios esenciales, afirma el decreto, “en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare”. Y agrega que “en el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.

 

A continuación se consideran como servicios esenciales las siguientes actividades:

a. Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos;

b. La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;

c. Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales;

d. La aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios;

e. Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior;

f. El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial; y

g. El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.

h. La producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.

 

Se consideran actividades de importancia trascendental las siguientes:

a. La producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios;

b. El transporte terrestre y subterráneo de personas y/o mercaderías a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin;

c. Los servicios de radio y televisión;

d. Las actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, actividad química y la actividad cementera;

e. La industria alimenticia en toda su cadena de valor;

f. La producción y distribución de materiales de la construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor;

g. Los servicios bancarios, financieros, servicios hoteleros y gastronómicos y el comercio electrónico; y

h. La producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.

 

lunes, 21 de abril de 2025

CONDOLENCIAS GREMIALES ANTE EL FALLECIMIENTO DEL PAPA FRANCISCO

 


 El presidente de la Nación Javier Milei, junto a numerosas personalidades de la Argentina, expresaron  sus condolencias en un comunicado en la red social X, por el fallecimiento de Jorge Bergoglio, destacando la bondad y sabiduría del Papa a pesar de sus diferencias.

   El gobierno argentino también emitió un comunicado expresando su pesar por el fallecimiento del sumo pontífice y destacando su lucha por proteger la vida desde la concepción y promover el diálogo interreligioso, e incluso su vocero, Manuel Adornis, anunció que habrá siete días de duelo Nacional.

  El Papa Francisco falleció el lunes 21 de abril de 2025, a los 88 años, según confirmó el Vaticano en un comunicado oficial. La causa de su muerte se comunicará esta tarde tras el rito de la constatación.

En tanto que las distintas organizaciones gremiales, comienzan a publicar durante este mañana en las distintas redes sociales comunicados en donde adhieren al duelo y destacan la figura del Papa Francisco en apoyo y cuidado de todos los trabajadores de la República Argentina



martes, 8 de abril de 2025

ADHESION AL PARO GENERAL DE LA CGT

 

  Desde la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (FTCIODyARA) informamos a las compañeras y compañeros trabajadores aceiteros y desmotadores, comisiones gremiales internas, delegadas y delegados de base y sindicatos adheridos, que nuestra organización gremial adhiere al Paro General de 24 horas dispuesto por la Confederación General del Trabajo (CGT) para el próximo jueves 10 de abril.

Este Paro General se enmarca en una Jornada de Acción Gremial de 36 horas que comienza el miércoles 9 de abril a las 12 horas, cuando se realizarán actos y movilizaciones que tendrán distintas modalidades en el territorio nacional de acuerdo a lo definido en cada una de las 77 Regionales de la CGT.

La FTCIODyARA ha resuelto su adhesión por encontrarse afiliada a la CGT y por acordar con los motivos que impulsan la medida, los cuales se han manifestado públicamente desde la Confederación General del Trabajo:

°Rechazo al techo paritario impuesto por el gobierno y la exigencia de que se homologuen los acuerdos    ya logrados.

°Aumento de emergencia a los jubilados y un proyecto de actualización del bono.

°Aumento del presupuesto para la educación pública y la salud pública.

°Que cesen las políticas de destrucción de la industria nacional, que se retome la obra pública y se       implemente un Plan Nacional de Empleo, con mayor equilibrio y justicia social.

°Que el Gobierno nacional respete y garantice el derecho constitucional a la protesta, las libertades y     derechos logrados por los diversos colectivos sociales.

°Desde nuestra Federación manifestamos que este Paro General debe encontrar continuidad en un plan   de lucha.

  Es la única manera de frenar las políticas neoliberales de este Gobierno que, desde el primer día de su gestión, atacaron los ingresos de la clase trabajadora y profundizaron la desigualdad y el sufrimiento de todo el pueblo argentino.

  No alcanzan los relatos ni los voceros oficiales para maquillar el crecimiento de la pobreza y la indigencia, que golpean sobre todo a los sectores más vulnerables como la niñez, la juventud y nuestros adultos mayores. Con la ofensiva contra los derechos laborales y sindicales crecen la precarización, la flexibilización y los riesgos para la salud y la seguridad de las y los trabajadores. Con la destrucción de la industria se multiplican los despidos en todos los sectores productivos, incluyendo los de nuestra Federación.

  El Gobierno del discurso de las desregulaciones y la libertad del mercado se ocupa de controlar obsesivamente una variable de la economía: nuestros salarios, a los que pretende aplicar un férreo techo paritario que sólo profundiza el empobrecimiento de las mayorías.

  En la paritaria aceitera esto se ejemplifica con el empantanamiento de la negociación por el año 2025, que se debería haber cerrado en diciembre pasado, y donde no se consiguen avances porque las empresas pretenden quebrar nuestra política salarial y reemplazarla por el techo paritario de Milei y Caputo.

  Frente a esto, nuestra Federación reafirma la defensa del Salario Mínimo Vital y Móvil según su definición constitucional y legal, que satisface las nueve necesidades fundamentales en una jornada legal de ocho horas y que se logra mediante el ejercicio del derecho de huelga, porque sólo cuando una familia trabajadora accede a una vida digna es posible la libertad y la democracia.

  Vamos al Paro General compañeras y compañeros.

Comisión Directiva

Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina

F.T.C.I.O.D y A.R.A.